A- de 2017
Ponente Carlos Libardo Bernal Pulido
✓Demandante Yesith Xavier Moron Rangel·Demandado Universidad De Pamplona
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia a prevención de jueces o tribunales con jurisdicción en el lugar donde ocurre la violación o amenaza
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Promiscuo Municipal de San Martín de Loba (Bolívar) y el Juzgado Segundo Civil Laboral del Circuito de Oralidad de Pamplona (Norte de Santander).
Considera la Corte que en casos como el presente, el conflicto de competencia debe resolverse a favor del despacho judicial que hubiese escogido la parte accionante, siempre que respete alguna de las reglas decantadas por la Corporación en cuanto al factor territorial de competencia.
Como quiera que la voluntad del tutelante fue la de tramitar su solicitud de amparo en el municipio de San Martín de Loba por corresponder al lugar donde surte efectos la presunta vulneración de sus derechos fundamentales, se ordena remitir el expediente al Juzgado Promiscuo Municipal de dicha localidad, para que de forma inmediata tramite y profiera decisión de fondo respecto de la acción de tutela formulada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 27 de febrero de 2017, que profirió el Juzgado Promiscuo Municipal de San Martín de Loba (Bolívar), mediante el cual se declaró incompetente para conocer de la acción de tutela presentada por Yesith Xavier Morón Rangel contra la Universidad de Pamplona.
- Segundo. REMITIR el expediente al Juzgado Promiscuo Municipal de San Martín de Loba (Bolívar) para que, de forma inmediata, tramite y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
- Tercero. Por Secretaría General, COMUNICAR al Juzgado
- Segundo. Civil - Laboral del Circuito de Oralidad de Pamplona (Norte de Santander), la decisión adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.